Expresa tu voluntad
de ser donante

PREGUNTAS

¿Cuándo se presume que una persona es donante?

Se presume que se es donante cuando una persona durante su vida se ha abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos, tejidos o componentes anatómicos después de su fallecimiento (Ley 1805 de 2016- Artículo 2°).

¿Cuál es el procedimiento para manifestar la oposición a la presunción legal de donación?

Para presentar la manifestación de oposición a la presunción legal de donación ante el INS, se debe tener en cuenta lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1805 de 2016, el cual estipula lo siguiente:

“Artículo 4°, Manifestación de oposición a la presunción legal de donación. Toda persona puede oponerse a la presunción legal de donación expresando su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos, mediante un documento escrito que deberá autenticarse ante Notario Público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud (INS), También podrá oponerse al momento de la afiliación a la Empresa Promotora de Salud (EPS), la cual estará obligada a informar al Instituto Nacional de Salud (INS)”.

El documento escrito, tal como se indica en el artículo citado, podrá remitirse vía correo electrónico a crtrasplantes@ins.gov.co indicando la dirección electrónica donde se le remitirá la notificación respectiva; igualmente se podrá radicar en físico en la ventanilla única de correspondencia del INS ubicada en la Av. Calle 26 no. 51-20 primer piso, bloque A de Bogotá D.C.

Del mismo modo los ciudadanos pueden registrar su manifestación negativa en la página Web del Instituto Nacional de Salud www.ins.gov.co, en el enlace: https://apps.ins.gov.co/carnedonantes/aspx/Negativa/frmRegistroNegativa.aspx, adjuntando el documento de la voluntad negativa notariada.

¿Qué componentes anatómicos se donan y se trasplantan en Colombia?

Los componentes anatómicos pueden obtenerse de donantes vivos o fallecidos, y pueden trasplantarse órganos, tejidos o células. En el caso de los donantes vivos, se deben garantizar las condiciones adecuadas para minimizar en todo lo posible los riesgos asumidos por la persona que desea ceder un órgano o tejido de manera voluntaria, siguiendo los requisitos legales y médicos ya establecidos.

En cuanto a órganos, en nuestro país existen trasplantes de corazón, pulmones, hígado, riñones, intestino y páncreas.

En cuanto a tejidos, se pueden trasplantar córneas, piel, huesos, médula ósea, vasos sanguíneos, válvulas cardiacas, cartílagos, tendones, esclera y membrana amniótica.

En cuanto a células, están autorizados los trasplantes de progenitores hematopoyéticos por parte de las IPS trasplantadoras debidamente inscritas para tal fin ante el Instituto Nacional de Salud.

Prohibición de remuneración

Se prohíbe la remuneración o cualquier tipo de compensación o retribución por la donación o suministro de un órgano o tejido (Artículo 15, Decreto 2493 de 2004).

¿Los menores de edad pueden ser donantes de órganos y tejidos?

Los menores de edad podrán ser donantes de órganos y tejidos, siempre y cuando sus representantes legales expresen su consentimiento informado para la donación de órganos y/o tejidos dentro de las ocho (8) horas siguientes a la ocurrencia de la muerte cerebral (Ley 1805 de 2018. Artículo 15).

¿Cómo se asigna un componente anatómico a un paciente en lista de espera de donación-LED?

La asignación de órganos, células y tejidos deberá regirse por criterios clínicos y normas éticas, y no atendiendo a consideraciones económicas o de otra índole. Las reglas de asignación, definidas por comités debidamente constituidos, deberán ser equitativas, justificadas externamente y transparentes (Principio Rector 9 OMS) http://www.who.int/transplantation/Guiding_PrinciplesTransplantation_WHA63.22sp.pdf

¿Dónde puedo obtener más información?

Canales de Contacto Instituto Nacional de Salud

Página web: www.ins.gov.co

Teléfono en Bogotá: (+57 1) 2 20 77 00 ext. 1355, 1362 o 2 20 09 25.

Correo Electrónico: crtrasplantes@ins.gov.co

Dirección: Avenida Calle 26 N° 51 – 20. Oficina B-240

Chat: http://www.ins.gov.co/informacion-ciudadano/Paginas/chat.aspx

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